Usted está aquí::

Noticias del sector de Vehículos industriales..

  • La Ley del Contrato de Transporte, en vigor .- El transporte ya tiene su contrato.



    Tras el visto bueno del Congreso de los Diputados (325 votos a favor, 10 en contra y dos abstenciones) y del Senado (327 votos a favor, siete en contra y tres abstenciones), ha quedado aprobada la Ley del Contrato de Transporte, una norma que entrará en vigor el próximo 12 de febrero, tres meses después de haber sido publicada en el Boletín Oficial del Estado. Además, los contratos que hayan sido firmados antes de esa fecha y que sigan vigentes a partir del uno de enero de 2011 también quedarán regulados por esta norma.


    En líneas generales, la Ley actualiza y unifica la regulación del contrato de transporte terrestre de mercancías, que hasta la fecha estaba recogida en el Código de Comercio de 1885 y en una extensa normativa administrativa, a veces hasta contradictoria, cuya aplicación creaba distorsiones y conflictos. Además, el nuevo texto recién aprobado se adapta al modelo que aportan los convenios internacionales, sobre todo el Convenio de Transporte Internacional de Mer


    Entre las novedades que presenta, figura la nueva indemnización por paralización, la cláusula de revisión del precio del transporte en función de la variación del precio del gasóleo, la obligación de pago al transportista en un plazo no superior a 30 días o los límites de la indemnización como responsabilidad del transportista en caso de pérdida o avería. Además, recuerda que las tareas de carga y descarga van por cuenta del cargador.
    Transportistas, cooperativas de trabajo asociado, cooperativas de transporte, sociedades de comercialización, operadores, transitarios, almacenistas distribuidores y todos los que contraten transporte, sólo podrán hacerlo en nombre propio. Los socios de cooperativas de trabajo asociado dedicadas al transporte sólo podrán contratar transportes en nombre de la cooperativa a la que pertenecen.